CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 11 de Abril de 2011.

De conformidad con el auto de esta misma fecha cursante al Cuaderno
Principal de la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO se procede a
aperturar EL PRESENTE CUADERNO SEPARADO DE INSTITUCIONES
FAMILIARES, DONDE SE PROVEERÁ LO CONDUCENTE RESPECTO A LA
OBLlGACION DE MANUTENCION, REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
Y CUSTODIA.a favor de los niños (SE OMITEN), de 05 y 03 años de edad. En consecuencia de conformidad con el articulo 351 LOPNA la CUSTODIA JUDICIAL de los niños
(SE OMITEN), será
ejercida por la madre ciudadana MONICA CASTILLO. Se
fija a cargo del padre de conformidad con el artículo 05, 07 literal "d " , 30 y 351
LOPNA y 23 de la Ley Orgánica del Trabajo, OBLIGACiÓN DE
MANUTENCiÓN PRUDENCIAL Y PROVISIONAL por la cantidad de MIL
BOLlVARES (8s. 800,00), adicional en el mes de Septiembre la cantidad de
MIL SEISCIENTOS BOLlVARES (8s. 1.600,00), adicional en el mes de
Diciembre la cantidad de DOS MIL BOLlVARES (8s. 2.000,00). En cuanto al
ejercicio de los demás atributos de la PATRIA POTESTAD, será ejercida por el
Padre y la Madre conjuntamente, de la misma manera se establece en
beneficio de los niños (SE OMITEN) Y del padre no Custodio un REGIMEN DE
CONVIVENCIA PROVISIONAL AMPLIO. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas
ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg.
Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas
de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del
este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-V-2011-000248, todo
de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.