REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 25 de Abril de 2011.-







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Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 25/04/2011, Estado de Cuenta proveniente del Banco Bicentenario Agencia 23 de
Enero, mediante el cual informan que la Cuenta de Ahorros signada con el N° 0007-0013-41-
0010156954 la cual estaba a nombre de este Tribunal y de BELlCE ALEXANDRA ZAPATA
BRIZUELA, se encuentra CANCELADA. Se acuerda agregar. En consecuencia, por cuanto no hay
haberes a favor de la ciudadana BELlCE ALEXANDRA ZAPATA BRIZUELA, bajo la Administración
de este tribunal, se ordena el Cese del Procedimiento y el Archivo del Expediente. Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la juez Primera de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero G. La Secretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las
copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria (fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la
Secretaria (fdo.) del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original,
cursante al folio del Expediente TI1-S-2003-003883, certificación que se hace de conformidad
con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.