CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACiÓN y EJECUCION !
Barinas, 05 de Abril de 2011

Vista la diligencia de fecha 31/03/2011, suscrita por la ciudadana MELlSSA
ALEJANDRA ARIAS JIMENEZ, C.1. N° V-8.311.474, asistida por la Abg. MARISOL
D'AMICO, Defensora Publica Quinta con Competencia en Materia de Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas parte demandante en la
presente causa de FILlACION (INQUISICION DE PATERNIDAD), incoada contra
el ciudadano CESAR LUIS ARAQUE LEAL, C.1. N° V-10.723.491, padres del niño
(se omite), mediante la cual consigna Partida de Nacimiento del niño
(se omite), de 01 año de edad, expedida por El
Registrador Civil Municipal del Estado Barinas, donde el demandado de autos
ciudadano CESAR LUIS AJAQUE LEAL, C.I N° V-1 0.723.491, RECONOCE
COMO HIJO AL NIÑO (se omite), por lo que solicita se tenga por
concluida la presente causa de INQUISICiÓN DE PATERNIDAD. En
consecuencia de conformidad con los artículos 209, 217 numeral 01 y 221 del
Código Civil, en concordancia con los artículos 223 y 232 Ibidem, se acuerda el
CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, una vez
quede definitivo y firme el presente auto, cumplido lo cual remítanse las presentes
actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un (01) año calendario al
presente auto. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera
de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la
Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste:
Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La Secretaria del este
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de
esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y
exacta de sus originales, cursantes a los folios del Expediente TI1-C-
2010-012293, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de
procedimiento Civil.-