REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION y SUSTANCIACION
Barinas, 07 de Abril de 2010. ;/
200° Y 152°
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 07/04/2011, oficio S/N, proveniente del Banco Bicentenario, mediante la cual
consignan Consulta de Saldo, de la cuenta de ahorros N° 0007-0013-43-0010156460, en la cual
consta que la cuenta esta en cero y cancelada. Y por encontrado en la oficina de control de
consignaciones cheque caduco del Banco Banesco N° 22458664, de fecha 30/09/2008, de la cuenta
corriente N° 0131-0387-24-3873002289, proveniente del IPSFA, en beneficio de GONZALEZ
GOMEZ LUIS ENRIQUE, por concepto de cancelación de intereses caídos, causado por el
fallecimiento del ciudadano GONZALEZ LUIS ENRIQUE, ex titular de la Cedula de Identidad N°
14.264.497 Y realizada la revisión del expediente se observa que el beneficiario GONZALEZ GOMEZ
LUIS ENRIQUE, ya es mayor de edad. Se acuerda agregar. Se ordena a la Oficina de control de
Consignaciones: La Devolución del el cheque N° 22458564, proveniente del Banco Banesco, girado
...-/ contra la cuenta corriente N° 0134-0387-24-3873002289, por la cantidad de CIENTO TREINTA Y
DOS BOLlVARES CON 32/100 CTMS ( Bs.132,32), por cuanto se encuentra caduco y el cese y
archivo del expediente ya que el beneficiario es mayor de edad y no hay haberes a su favor. En
consecuencia se acuerda: La Devolución del el cheque N° 22458564, proveniente del Banco
Banesco, girado contra la cuenta corriente N° 0134-0387-24-3873002289, por la cantidad de
CIENTO TREINTA Y DOS BOLlVARES CON 32/100 CTMS ( BS.132,32),y hacer entrega directa al
ciudadano GONZALEZ GOMEZ LUIS ENRIQUE, quien a las fecha ya es mayor de edad, por lo que
se le agradece no enviar cheque de gerencia a este Circuito y así mismo el CESE Y ARCHIVO
DEL EXPEDIENTE. Líbrese Oficio, Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez
Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero G. La
Secretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria
(fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria (fdo.) del Circuito Judicial de Protección
del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado
es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio del Expediente TI1-S-2003-003696,
certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.