REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO






JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 11 de Abril de 2011
200º y 152º

Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 08-04-11, por el ciudadano: WILLIAM PARADA RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.333.268, en su carácter de parte demandante, asistido por la Abogada AZURIS RIVAS GOYONECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.986.681, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.478, por medio de la cual solicitan la designación de un practico, se acuerda de conformidad; En consecuencia, se acuerda oficiar al Consejo Regional para el estudio de la problemática de la Tenencia de la Tierra, a los fines que suministren los datos de un funcionario adscrito a ese organismo, que lleve a cabo la función de practico en el presente juicio. De igual manera, se acuerda expedir, tres (03) copias certificadas del auto de fecha 28/03/2011, cursante a los folios 72 y 73, con inserción del presente auto. Para la elaboración del fotostato se autoriza suficientemente al Alguacil del Tribunal ciudadano: HUGO ARMANDO RAMÍREZ. Líbrese boleta y entréguese al Alguacil a los fines respectivos.


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ.-
Abg. LUÍS E. DÍAZ SANTIAGO
SECRETARIO ACC.

En la misma fecha se libro oficio Nº y se deja constancia que no se certificaron las copias por cuanto no han sido suministradas. Conste.
Scrío.

JGAP/LEDS/br.
EXP N° 5259.-