REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 12 de Abril de 2.011.
Años: 200º y 152º

Solicitud Nº 2.010-13.634.-
Solicitante: Disney Coromoto Álvarez Gómez
Motivo: Declaración Únicos y Universales Herederos

Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de declaración de únicos y universales herederos presentada por la ciudadana: Disney Coromoto Álvarez Gómez, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, casada, titular de la cédula de identidad número: V-11.710.676 y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio: José Luís Gudiño Rojas, venezolano, de este domicilio, mayor de edad y inscrito en el instituto de previsión social del Abogado bajo el N° 83.594, mediante la cual solicita la declaración de únicos y universales herederos de la de-cujus Pilar Teresa Gómez, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.258.376 y de este domicilio; fallecido ab-intestato el 11 de Septiembre del año 2.010, en la casa de habitación Urbanización Ciudad Varyna, Sector Jabillo 2, calle 5-A, Nº T-02 de esta ciudad. Vistas igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos: Josefina Pinzon y Georgen Reilander Quintero Valero, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 10.718.430 y 11.716.676, respectivamente, en fecha 18/01/2.011, quienes manifestaron conocer de vista, trato y comunicación a la causante Pilar Teresa Gómez desde hace varios años y que de igual manera conocen a las ciudadanas Disney Coromoto Álvarez Gómez y Anna Karina Álvarez Gómez; igualmente conocieron a la causante Pilar Teresa Gómez y que falleció en fecha 11 de Septiembre del año 2.010, en la casa de habitación Urbanización Ciudad Varyna, Sector Jabillo 2, calle 5-A, Nº T-02 de esta ciudad y que también le consta que las ciudadanas anteriormente nombrados son sus Únicos y Universales Herederos, y que no existen otros sino ellas.- Así como el cartel de emplazamiento ordenado y publicado en el diario local “El Diario de los Llanos”, en fecha 11 de Enero de 2.011, consignado en fecha 17/01/2.011 y agregado en autos en fecha 18 de enero de 2.011, no compareciendo terceros interesados a formular oposición, ni a exponer sobre la solicitud. Dichas testimoniales se adminiculan a las copias certificadas de las actas de: Defunción: de la de-cujus Pilar Teresa Gómez, asentada por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 14/09/2010, cursante al folio cuatro (04). Nacimientos: de las ciudadanas: Disney Coromoto Álvarez Gómez, fue asentada por ante la Prefectura del Municipio Barinas, bajo el N° 2198 de fecha 28/09/1.973, cursa al folio 5; y Anna Karina Álvarez Gómez, fue asentada por ante la Prefectura de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas Estado Barinas, bajo el N°. 676 de fecha 27/06/1.983, cursa al folio 6 del presente expediente.-En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus PILAR TERESA GOMEZ, a las ciudadanas: DISNEY COROMOTO ALVAREZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad número: V-11.710.676 y ANNA KARINA ALVAREZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hàbil y titular de la cedula de identidad números. V.-15.669.651.- Se dejan a salvo los derechos de terceros. Publíquese y Diarícese.- El Juez Provisorio, (fdo) Abg. Oscar Eduardo Zamudia Aro. La Secretaria (fdo). Gladys Moreno. Solicitud Nº 2.010-13.634. OEZA/GM/md.- El anterior traslado es fiel y exacto de su original. Así .Lo certifico en Barinas, a los doce (12) días del mes de abril del año dos mil once (2011).



La Secretaria,

Abg. Gladys T. Moreno M.



Solicitud Nº 2.010-13.634
OEZA/GM/md.-