REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, nueve de agosto de dos mil once.
201º y 152º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2011-000051
PARTE ACTORA: EUSTAQUIA MORENO ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.930.993
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESUS ALEXANDER USECHE, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número 9.330.627 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 37.074
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICION
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: XIOMARA VALDERRAMA
APODERADO DE LA DEMANDADA: MEYBER ZULIMA UGAS INFANTE, VEETNA YANIRA AZOCAR MENESES, ANTONIA MORAIMA TORRES GARCIA, CARMEN LOURDES FIGUERA BOLIVAR, CAROLINA NODA HIDALGO, LUIS ALBERTO ESCULPI, MARIA GABRIELA QUEVEDO CARRILLO, BELKIS TIBISAY GODOY DURAN y MICHERA ANGELI INFANTE UTRERA, titulares de la cédula de identidad número 15.324.738, 9.943.441, 3.807.223, 6.633.615, 12.174.243, 4.882.088, 11.895.774, 6.522.547 y 15.131.831 respectivamente e inscritos en el inpreabogado bajo el número118.278, 50.818, 9.457, 72.497, 71.541, 33.859, 112.771, 33.421 y 105.595 en su orden.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS
En el día de hoy, 09 de agosto de 2011, siendo las 09:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de incomparecencia de la parte actora a la realización de la Audiencia Preliminar, solo se encuentra presente la ciudadana Abogada MICHERA ANGELI INFANTE UTRIA quien acude en representación de la parte demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La apoderada de la parte demandada presente en este estado copia certificada a los fines de que se le tenga como parte en la presente audiencia consignándose copia simple que el Juez adscrito a esta Coordinación Laboral y la Secretaria dejan constancia que la misma es traslado fiel y exacto de la original que se tuvo a la vista siendo devuelto el original a su apoderada.
El Juez
Abg. JOSÉ E. MORALES S.
Apoderado de la Demandada
Abg. MICHERA ANGELI INFANTE UTRIA
La Secretaria
Abg. YOLEINIS VERA ALMARZA
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