REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION y SUSTANCIACION
l'
Por recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este
Circuito Judicial en fecha 25/07/2011,memorando del Banco Industrial de Venezuela, mediante
notificado que la cuenta de ahorros N° 010660248299 del expediente TI1-S-2000-004045, a nombre
de la Niña y Adolescente (se omite), se encuentra en cero (0,00).
y haciendo una revisión detallada del expediente, se observó que no posee dinero, en consecuencia,
se acuerda agregar a los Autos su comprobante de recibo. Así mismo se ordena el Cese del
Procedimiento y el Archivo del Expediente. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas' ilegibles de la
Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda Guerrero. La
Secretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria
(fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria (fdo.) del Circuito Judicial de Protección
del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado
es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio del Expediente TI1-S-2003-004045,
certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
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