CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERp DE PRIMEI3A DE INSTANCIA DE¡í
SUSTANCIACION, MEDIACION y EJECUCION
Barinas, 09 de Agosto de 2011
2010 Y 1520
Visto el Desistimiento y solicitud de levantamiento de medidas suscritas
mediante diligencia de fecha 08/08/2011 inserto al folio 66, por la ciudadana
LEYDA ROSA JIMENEZ CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad N° V-9.952.259, asistida por el abogado JUAN CARLOS
MATERAN VERGARA, INPREABOGADO N° 69.997, padres de la adolescente
(SE OMITE), de 15 años de edad, en la presente
demanda de DIVORCIO ORDINARIO, por cuanto de la revisión detallada de las
actas procesales no consta en autos Contestación de la demanda, SE
HOMOLOGA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DICHO DESISTIMIENTO,
POR LO QUE SE DECLARA DESISTIDA LA PRESENTE CAUSAde conformidad
con el artículo 263 y 264 del C.P.C. Ordenándose en consecuencia el CESE DEL
PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.Asimismo se ACUERDA
LEVÁNTAR LAS MEDIDAS PREVENTIVAS ACORDADAS, para lo cual líbrense
los oficios correspondientes y se designa correo especial para la entrega de los
mismos al Abg. JUAN CARLOS MATERAN VERGARA, Apoderado Judicial de la
parte actora. Devuélvanse los originales cursantes a autos consignados por las
partes previa su certificación por secretaría corriendo dicho importe a cargo de la
parte interesada, luego de lo cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo
Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha del
presente auto, de lo cual tómese nota por el archivo de este Trlbunal.. Diarícese y
cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez de Primera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma
fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales,
cursantes a los folios del expediente MD11-V-2011-000209, todo de
conformidad con el articulo 112 del código procedimiento Civil.-
Exp. N° MD11-V-2011-000209
YFGG/dfm.-