REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 02 de Agosto de 2011
201º y 152º





Por cuanto se observa que el presente juicio se encuentra concluido, en virtud de la sentencia dictada en fecha 30/06/2011, mediante la cual se declaro INADMISIBLE la solicitud de la medida de Protección Agroalimentaria solicitada se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial correspondiente.
El JUEZ.


ABG. JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA.


La Secretaria,

ABG JENNIE WAKIRIA SALVADOR PRATO.


En la misma fecha se archivó en el libro respectivo bajo el N° 1035, constante de noventa y dos folios (34) folios útiles.- Conste.-



JJTS /JWSP / rb,
Exp.5.331-11