REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 09 de agosto de 2011.
201º y 152º

Solicitud № 11-13.738.
Declaración De Únicos y Universales Herederos


Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana ZAULA MARIA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-9.991.481, asistida por el abogado en ejercicio MALQUIDES ANTONIO OCAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-4.255.804, inscrito en el inpreabogado bajo el № 52.395, mediante la cual solicita la declaración de únicos y universales herederos del de-cujus PORFIRIO ANTONIO ALMARZA CHAVEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-230.870, fallecido ab-intestato en fecha 11 de noviembre de 2010, en su casa de habitación, en esta ciudad de Barinas. Así como el cartel de emplazamiento ordenado y publicado en el diario local “El diario de los Llanos” del día viernes 15/07/2011, consignado en esa misma fecha y agregado a los autos en fecha 18/07/2011, no comparecieron terceros interesados a formular oposición, ni a exponer sobre la solicitud. Dicho cartel se adminiculan a la copia certificada del acta de defunción del ciudadano PORFIRIO ANTONIO ALMARZA CHAVEZ, asentada bajo el № 127, por ante la Prefectura de la Parroquia Catedral del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 19/11/2010, cursante al folio 5; Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos PORFIRIO ANTONIO ALMARZA CHAVEZ y ZAULA MARIA FERNANDEZ, asentada bajo el № 001, por ante la Prefectura de la Parroquia Sabaneta del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, de fecha 01/08/1986, cursante al folio 7; Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana ZAULY ROSA, asentada bajo el № 96, por ante la Prefectura de la Parroquia Catedral del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 21/02/1990, cursante al folio 9; Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano ALEJANDRO ANTONIO, asentada bajo el № 97, por ante la Prefectura de la Parroquia Catedral del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 21/02/1990, cursante al folio 10; Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana MARIA ALEJANDRA, asentada bajo el № 138, por ante la Prefectura de la Parroquia Catedral del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 12/04/1993, cursante al folio 11; Constancia de residencia de la ciudadana ZAULA FERNANDEZ, emitida por el Consejo Comunal Catedral III y IV, Parroquia Barinas del Municipio Barinas Estado Barinas, de fecha 09/05/2011, cursante al folio 12; Fotocopias de las Cédulas de Identidad de la solicitante, hijos de la solicitante y del causante. En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus PORFIRIO ANTONIO ALMARZA CHAVEZ, a los ciudadanos ZAULA MARIA FERNANDEZ, ZAULY ROSA ALMARZA FERNANDEZ, ALEJANDRO ANTONIO ALMARZA FERNANDEZ y MARIA ALEJANDRA ALMARZA FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad №s V-9.991.481, V-16.558.066, V-19.784.463 y V-19.784.464 respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros Diarícese. Cúmplase.

El Juez Provisorio,

Abg. Oscar Eduardo Zamudia Aro.
La Secretaria Titular

Abg. Gladys Teresa Moreno Márquez
Solicitud № 11-13.738.
OEZA/GTMM/ld