CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACION y EJECUCION V
Barinas, 15 de Diciembre de 2011
201 o y 152 o

Vistos los acuerdos que anteceden en la presente causa de REGIMEN DE
CONVIVENCIA FAMILIAR proveniente de la Defensoría de niños, niñas y adolescentes
"Por Mi Identidad, del estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos URELlS KARELlS
ARTIGA CRESPO Y ENZO RAMON SALAZAR DELGADO, venezolanos, mayores de
edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-19.024.999; V-17.205.080
respectivamente, padres de la niña SE OMITE, de 03 años de edad, EN EL
CUAL ACUERDAN: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO "EL PADRE
MANTENDRA CONTACTO PERMANENTE CON SUS HIJOS. COMPARTIRA CON SU
HIJA UN FIN DE SEMANA ALTERNO. LOS PERIODOS VACACIONALES, ES DECIR
VACACIONES ESCOLARES, NAVIDEÑAS, CARNAVALES Y SEMANA SANTA, SERAN
COMPARTIDAS y AL TERNOS." Por no ser contraria al orden público a las buenas
costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR
EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE,
CONFORME El ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO LITERAL "l" REFORMA
lOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). En
consecuencia este Tribunal Primero de primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas en Nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE
ACUERDO,por redundar en beneficio del interés superior de la niña SAIDMARY
VALENTINA. SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES.
Devuélvanse los originales consignados a los autos previa certificación de autos por la
Coordinadora de secretarias. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en
un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo
cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase.- Siguen firmas
ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación Abg.
Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de
Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes a los folios OBdel Expediente MD11-H-2011-000965, todo de
conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.

Exp. N° MD11-H-2011-000965
YFGG/jg-