CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACION y EJECUCION
Barinas, 16 de Diciembre de 2011
201 o y 152 o
Vistos los acuerdos que anteceden en la presente causa de REGIMEN DE
CONVIVENCIA FAMILIAR proveniente de la Defensoría de niños, niñas y adolescentes
del estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos JOSE LUIS VALBUENA CAMACHO y
ELSY ANDREINA GONZALEZ CARDENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de
las cédulas de identidad personales Nros V-22.11 0.583; V-20.602.036 respectivamente,
padres del niño SE OMITE, de 01 año de edad, EN EL CUAL ACUERDAN:
REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO"EL PADRE MANTENDRA
CONTACTO PERMANENTE CON SU HIJO." Por no ser contraria al orden público a las
buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA
LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE, CONFORME El ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO
LITERAL "l" REFORMA lOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art.
511 al 517 ibidem). En consecuencia este Tribunal Primero de primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas
y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en Nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE
HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO, por redundar en beneficio del interés
superior del niño SE OMITE. Devuélvanse los originales consignados a los
autos previa certificación de autos por la Coordinadora de secretarias. Remítanse las
presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario
a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este
Tribunal. Diarícese y Cúmplase.- Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera
Instancia de Sustanciación y Mediación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la
misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe La secretaria del Tribunal Primero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior
traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios del
Expediente MD11-H-2011-000959, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de
procedimiento Civil.
Exp. N° MD11-H-2011-000959
YFGG/jg-
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