En el día de hoy, Martes Seis (06) de Diciembre de Dos Mil Once (2.011), siendo las 11:30¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ a.m., fecha fijada para que tenga lugar el acto de Audiencia de Revisión de la medida en la causa signada con la nomenclatura E-1400/11, seguida al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; quien fue sancionado con la medida de Privación de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literal “f” en concordancia con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en virtud de haber sido declarado penalmente responsable por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, numerales 1,2,3,10 y 12 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 458 del COPP, en relación con el articulo 83 del Código Penal Vigente, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 6 en relación con el articulo 16 numeral 5 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el articulo 218 numeral 1 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de las ciudadanas YAMILEX COROMOTO ZAMBRANO VILLAMIZAR, VIACNY YAILYN MONTILLA ZAMBRANO Y EL ESTADO VENEZOLANO, por el lapso de DOS (02) AÑOS. Ahora bien con fundamento en el contenido del artículo 647 literal “e” de la presente Ley especializada, se constituye el Tribunal de Ejecución a cargo de la Juez, Abg. JUANA CRISTINA VALERA MARTINEZ, la Secretaria de Sala Abg. LISBETTE CAROLINA SOSA NIETO y el Alguacil de Sala MARCOS RIVERO, y se procede a verificar la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentran presentes: La Fiscal Octava (A) Especializada del Ministerio Público del Estado Barinas, Abg. YESENIA SALAS, el adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, la Defensora Privada, Abg. KATHERINE SILVERI y los representantes del adolescente. Verificada la presencia de las partes el Tribunal procede a dar inicio al acto, informando a las partes el motivo de la Audiencia. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. KATHERINE SILVERI, quien expuso: “Tal como se desprende de los informes del adolescente se puede evidenciar que tuvo una conducta favorable y se encuentra emocionalmente estable, es por lo que solicito se le sustituya la medida de privación de libertad por una medida menos gravosa por el tiempo que resta de la sanción. Es Todo”. Seguidamente, se le cede el derecho de palabra a la representación fiscal, quien expuso: “Ministerio Público considera que el adolescente aun cuando ha presentado conductas favorables y hasta la presente fecha ha venido evolucionando favorablemente, ahora bien por cuanto el adolescente se encuentra formándose es por lo que considero que debe continuar reforzándose la situación del adolescente conjuntamente con su familia. Se ha demostrado que el joven ha sido receptivo con la formación, es por lo que Ministerio Público considera que debe ratificarse la medida de privación de libertad. Es Todo”. Seguidamente, se le cede el derecho de palabra al adolescente sancionado, quien debidamente impuesto del precepto constitucional y libre de coacción y apremio, manifestó: “Solicito que me den una oportunidad para estar con mi familia. Yo pienso cambiar, estudiar y ser alguien en la vida con metas en el deporte. Es Todo”. Seguidamente, el Tribunal concede el derecho de palabra a la madre del adolescente, quien manifestó: “Solicito otra oportunidad para mi hijo y que en casa pueda mantener la misma conducta que ha tenido en el centro, yo me hago responsable del joven. Es Todo”. Finalmente, el padre del adolescente, manifestó: “Me comprometo a cuidar a mi hijo, a aconsejarlo y a tenerlo en casa donde debe continuar portándose bien alejado de las drogas, yo trabajo mucho para mis hijos. Es Todo”. Finalmente, la Juez de Ejecución procede a pronunciarse de la manera siguiente