CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN,
SUSTANCIACION, MEDIACION y EJECUCION

Barinas,25 de Enero de 2011
200º Y 151°

Vista la diligencia de fecha 20/01/2011, cursante al folio 64, suscrita por la
Abg. MAROLl YRINA RIVERO GONZALEZ, INPREABOGADO N° 145.199, Abg.
Asistente de los ciudadanos PEDRO JUAN DARIAS LEON y LUISA CECILIA
SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-
6.467.600 Y V-6.154.173, parte solicitante en la presente causa de
HOMOLOGACION (LITERAL H PARAGRAFO SEGUNDO ART. 177), mediante la
cual solicita nuevamente la Homologación de la Liquidación y Partición Amistosa
de los Bienes pertenecientes a la Comunidad Conyugal de los ciudadanos PEDRO
JUAN DARIAS LEON Y LUISA CECILIA SILOVA AVENDAÑO. Este Tribunal a los
fines de proveer sobre lo solicitado OBSEVA: que riela al folio 62 de la presente
causa auto mediante el cual este Tribunal Se aboco. al conocimiento, Admitió
Cuanto ha Lugar en Derecho la solicitud presentada impartiendo
HOMOLOGACION a los términos expuestos sobre Liquidación y Partición de los
Bienes habidos durante la comunidad conyugal de los ciudadanos PEDRO JUAN
DAR lAS LEO N Y LUISA CECILIA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares
de la cédula de identidad N° V-6.467.600 Y V-6.154.173. En tal sentido este
Tribunal no tiene materia sobre la cual pronunciarse respecto a la solicitud de
Homologación de la Liquidación y Partición Amistosa de los Bienes pertenecientes
a la comunidad conyugal de los ciudadanos antes mencionados por ya haberse
pronunciado por auto de fecha 09/11/2010, que riela al folio 62 y en consecuencia
este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 LOPNNA,
ORDENA EL CESE Y ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO. Y ASI SE DECIDE.
Diarícese y Cúmplase. . Siguen firmas ileqibles de la Juez Primera de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria
. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma
ilegible de la Secretaria. Quien suscribe secretaria de este Tribunal Primero de
Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de
sus originales, cursantes a los folios 65 del Expediente MD11-J-2010-
000673, todo de conformidad con el articule 112 del Código de procedimiento
Civil. -.

La Secretaria

Exp. N° MD11-J-2010-000673
YFGG/dfm.-