REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE



JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 18 de Enero de 2011
200° y 151°


Visto lo solicitado por el abogado Oscar Ramón Sosa Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.026.334, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 43.839, en escrito presentado ante este Tribunal en fecha 14-12-2010, donde solicita se declare la Nulidad de la Inspección Judicial realizada por el Tribunal “A-Quo” en el presente juicio y que obra al folio 87 y reponga la presente causa de acuerdo al artículo 208 del Código de Procedimiento Civil, por las razones y motivos allí expuestos, este Tribunal comunica al peticionante que en relación a la nulidad denunciada se pronunciará al dictar la sentencia de merito.

La Jueza Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil

Expediente N° 10-3264-C.B.
REQA/marilyn