CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN y MEDIACiÓN



Barinas, 22 de Febrero de 2011.
2000 Y 1510






Visto el Desistimiento de fecha 15/02/2011 inserto al folio 18, suscrita por la
ciudadana MARíA DE LOS SANTOS PAR GAS RODRíGUEZ, identificada en
autos, asistida por la abogada JUMARY BRICEÑO, Defensora Publica con
Competencia en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado
Barinas, en la presente demanda de COLOCACiÓN FAMILIAR (FAMILIA DE
ORIGEN AMPLIADA, por cuanto de la revisión detallada de las actas procesales
se evidencia no consta en autos Contestación de la demanda, SE HOMOLOGA
CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DICHO DESISTIMIENTO, POR LO QUE SE
DECLARA DESISTIDA LA PRESENTE CAUSA de conformidad con el artículo 263
y 264 del C.P.C. Ordenándose en consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO
~', Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, para lo cual devuélvanse los originales
cursantes a autos consignados por las partes previa su certificación por secretaría
corriendo dicho importe a cargo de la parte interesada, luego de lo cual remítanse
las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año
(01) calendario a partir de la fecha del presente auto, de lo cual tómese nota por el
archivo de este Tribunal. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez
Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F.
Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley.
Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del
este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de
sus originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-V-2010-000169, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento
Civil.-