CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 22 de Febrero de 2011.
200 o y 152 o /
De conformidad con el auto de esta misma fecha cursante al Cuaderno
Principal de la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO se procede a
aperturar EL PRESENTE CUADERNO SEPARADO DE INSTITUCIONES
FAMILIARES, DONDE SE PROVEERÁ LO CONDUCENTE RESPECTO A LA
OBLlGACION DE MANUTENCION, REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
Y CUSTODIA, A FAVOR DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES (SE OMITEN), de 17 y 10 años de edad, En
consecuencia de conformidad con el articulo 351 LOPNA la CUSTODIA
JUDICIAL de los niños y adolescentes (SE OMITEN), será ejercida por la madre ciudadana JACKELlNA MARIA
JIMENEZ ESCALONA. Se fija a cargo del padre de conformidad con el artículo
05, 07 literal "d", 30 Y 351 LOPNA y 23 de la Ley Orgánica del Trabajo,
OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN PRUDENCIAL Y PROVISIONAL por la
cantidad de OCHOCIENTOS BOLlVARES (8s. 800,00) mensuales, y adicional
en los meses de Septiembre y Diciembre la cantidad de MIL BOLlVARES (8s.
1.000,00). En cuanto al ejercicio de los demás atributos de la PATRIA
POTESTAD, será ejercida por el Padre y la Madre conjuntamente, de la misma
manera se establece en beneficio de los niños y adolescentes (SE OMITEN) y del padre no Custodio un REGIMEN
DE CONVIVENCIA PROVISIONAL AMPLIO. Diarícese y cúmplase. Siguen
firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias
certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La
secretaria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es
copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios del Expediente
MD11-V-2011-000112, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de
procedimiento Civil.
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