REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 09 de Febrero del 2011
200º y 151º
Por cuanto siendo las 3:30 p.m., del día de hoy, Miércoles Nueve de Febrero del Año Dos Mil Once (09-02-2011), han concluido las horas de Despacho para la presentación de los INFORMES y se observa que solo la parte demandante de autos, hizo uso de tal derecho, se deja constancia que a partir del día de Despacho siguiente al de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
Expediente Nº 2011-3283-C.B.
REQA/ANG/ana maría