REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 17 de febrero de 2011
200º y 151º

Exp. Nº 3.683-10

En el juicio de Acción Mero declarativa de Reconocimiento de la Unión Concubinaria, intentada por el ciudadano YONNY ALEXANDER CASTRO PRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.070.825, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JHAN CARLOS VIVAS MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 105.498 en contra de la ciudadana DORIS MIGDALIA ZAMBRANO MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.825.147.

En fecha 14 de febrero del presente año, mediante diligencia suscrita por el abogado JHAN CARLOS VIVAS MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 105.498, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste de la presente solicitud y solicita se HOMOLOGUE DICHO DESISTIMIENTO.

En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO, por cuanto se cumplió con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil que dispone:

“En cualquier Estado y Grado de la causa puede el demandante desistir en demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.”

Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en
lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia
en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA HOMOLOGADO EL
DESISTIMIENTO formulada por la parte demandante, en el juicio de Acción Mero declarativa de Reconocimiento de la Unión Concubinaria, intentada por el ciudadano YONNY ALEXANDER CASTRO PRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.070.825, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JHAN CARLOS VIVAS MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 105.498 en contra de la ciudadana DORIS MIGDALIA ZAMBRANO MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.825.147, se ordena el archivo del expediente.

Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Barinas diecisiete de febrero de dos mil once. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.

La Juez Temporal

Abg. Yriana Díaz Peña
La Secretaria

Abg. Mercedes Santiago


En la misma fecha siendo la 01:50 p.m se publico y registro la anterior sentencia. Conste,


Scría.