REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 24 de Febrero del 2.011.
200º y 151º

Vista la anterior diligencia de fecha 24/02/11, presentada por la abogada AZURES RIVAS GOYONECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.986.681, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.475, con el carácter acreditado en autos, se acuerda conforme lo solicitado. En consecuencia, se difiere el traslado que fue fijado mediante auto de fecha 28-01-11, la misma se fija las 08:30 a.m, del día jueves 28/04/11, para la práctica de la Inspección Judicial. En consecuencia, ofíciese en su oportunidad al Comandante del Destacamento de Seguridad Urbana de la Guardia Nacional con sede en la Ciudad de Barinas, con el objeto de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de que efectivos adscritos a ese cuerpo castrense acompañen a este Tribunal a la practicar de la misma. De igual manera, se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional del Estado Barinas, con el objeto de solicitar su colaboración en el sentido de suministrar a este Tribunal apoyo con un vehiculo para su traslado y constitución el día de la realización de la Inspección Judicial acordada.


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ
Abg. LUÍS ERNESTO DÍAZ.
SECRETARIO






JGAP/JWSP/a.l.
EXP. Nº 5.263.