REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones de la Sala Accidental Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 14 de Febrero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-R-2010-000104
ASUNTO : EP01-R-2010-000104

PONENTE: DRA. VILMA MARIA FERNANDEZ.

Imputado: Gilver Alexander Sequera

Víctima: Edgar Muñoz.
Defensor: Abg. Gilberto Campos.
Delito: Apropiación Indebida de Ganado Vacuno .

Representación Fiscal: Abg. Arlo Urquiola Fiscalía Cuarto del Ministerio Público.

Motivo: Apelación de Sentencia Definitiva
(Admisibilidad).

Visto el Recurso de Apelación de Sentencia Condenatoria interpuesto por el Abogado Gilberto Antonio Campos, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Gliver Alexander Sequera, en contra de la Sentencia por Admisión de Hechos dictado en fecha 14 de Diciembre de 2009, en el cual el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Penal condeno al acusado a cumplir la pena de Tres (03) años y Seis (06) meses de prisión por la comisión del delito de Apropiación Indebida de Ganado Vacuno, previsto y sancionado en el artículo 13 numeral 1° de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera; esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad; observa:

PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quién la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Defensa. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta al folio (2899) del presente Recurso de Apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 Ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Gilberto Antonio Sequera, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Gilver Alexander Sequera, debe ser declarado ADMISIBLE. Así se decide.
D I S P O S I T I V A

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Gilberto Antonio Campos, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Gilver Alexander Sequera, en contra de la Sentencia Condenatoria por el Procedimiento de Admisión de Hechos dictado en fecha 14 de Diciembre de 2009, por el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal en el cual el A quo condenó al acusado Gilver Alexander Sequera a cumplir la pena de Tres (03) años y Seis (06) meses de prisión por la comisión del delito de Apropiación Indebida de Ganado Vacuno, previsto y sancionado en el artículo 13 numeral 1° de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera; y se acordó fijar la Audiencia Oral y Pública dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes

La Jueza Presidente de la Sala Accidental.

Dra. Nerys Odalys Carballo Jiménez .

La Jueza de Apelaciones, La Jueza Temporal de Apelaciones

Dra.Vilma Maria Fernández. Dra. María C. Paparoni
Ponente

La Secretaria

Abg. Yohana Vielma
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Scria.
Asunto: EP01-R-2010-000104
NCJI/VMF/MCP/JV/ec