RE?UBLlCA BOLlVARIA A DE VENEZUELA
CIRCUITO JUD::-"AL DE PROTECCION DEL 1- O, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
'E L CIRCUSCRIPCIÓN JU ICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL r .r, ~RO DE P~IMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 25 de Julio de 2011.-
Por recibido de la Unirlad de Recepc'ón y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 19/0-:"2011, diligencia en la c'lal el ciudadano ANTHONY YOEL ROJAS
. ~CONTRERAS, ve"n: J, mayor de edad, li~lJIM" de la Cédula de Identidad N° V-23.037.891,
:ªsistldo en este él j.V f;\' la aboqado JUMARY BRICEÑO GARRIDO, Defensora Pública Cuarta de
Protécción del Estado Barinas, expone: "Visto que en fecha 10/07/2011 cumplí dieciocho (18) años
de edad, solicito respetuosamente al Tribunal se sirva ordenar al Banco Bicentenario la entrega de
las cantidades de dinero que allí se encuentran depositados a mi nombre. Anexo copia simple de mi
cédula de identidad". Se acuerda agregar. Hechas las verificaciones sobre su mayoridad y por
cuanto no existen mas beneficiarios en la presente causa. Se ordena a la Oficina de Control de
Consignaciones, hacer la c.itreqa del total del salce actualizado a la fecha al ciudadano ANTHONY
YOEL ROJAS CONTREi' I\S antes idontific""J, (!r; hs h=bercs que se encuentran bajo la
administración de este I ibunal y 01 cose del pwr:r;dimiento y el archivo del expediente. En
consecuencia, se ~._; a Oficia' al Gerente c.!":1 E>,co Bicentenario Avenida 23 de Enero, a los
fines de solicitarle ;:,va erni:ir Cheque de Gerencia a nombre del ciudadano ANTHONY YOEL
ROJAS CONTRERAS, venezolano, mayor de ec;,¡rl, titular de la Cédula de Identidad N° V-
23.037.891, por el total del saldo actualizado a la fecha, de la Cuenta de Ahorros signada con el N°
0175-0013-91-0060583113, I~ cual esta a nombre (r; este Tribunal y de ANTHONY YOEL ROJAS
CONTRERAS y CANCEL/l.'~ DICHA CUENTA,por haber alcanzado su mayoridad. Así MISMO
SE ORDENA EL CESE DE _ PROCEDIMIENTO Y ::L ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Líbrese Oficio.
Diarícese y Cúmplase. Si9' en firmas ilegibles (r; ';¡ i' 'cz Primera do Primera Instancia de Mediación
y Sustanciación ,lI.bg. Ye e nda F. Guerroro G. La S-'r:retal'ia (fdo.). En esta misma fecha se libró
las copias certificadas d ,y. Conste La SeCrelT'] 'lo). Si1ue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE
la Secretaria (fd: ~ircu:J 'udicial e'o ¡:--., ~c; ':.;;ón del f\¡iño, Niña y Adolescente de esta
Circunscripción J al CERT:r::ICO: Que el 21i~';I')r traslado os copia fiel y exacta de su original,
cursante al falla del Evpediente f\,:J11-~-2011--000',)83, certificación que se hace de
conformidad con el artículo 112 del Código de Pí:-r:" ''''lie'lto Civil.
Exp. N° MD11-J-2011-000083
YFGG/José
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