REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 19 de Julio de 2011

201° y 152°



De una revisión del auto de fecha 28/06/11 se pudo constatar que se acordó librar boleta de notificación del abocamiento a la parte demandante y se obvio librar la boleta de notificación de la parte demandada, razón por la cual se dicta el presente auto complementario a los fines de acordarla. En consecuencia notifíquese a la parte demandada ciudadano MARCOS ANTONIO GONZALEZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.916.210, domiciliado en la Carrera 6 frente al Boulevard de la Plaza Bolívar del Municipio Bolívar Población del Estado Barinas y/o sus apoderados Ciudadanos OMAR REVEROL BRICEÑO y/o MAURY REVEROL, para la practica de dicha notificación, se comisiona al Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción del Estado Barinas, librese boleta de notificación de abocamiento, entréguese al Alguacil a los fines correspondiente.
EL JUEZ

Abg. JOSE JOAQUIN TORO SILVA.
LA SECRETARIA,

Abg. JENNIE W. SALVADOR P.

En la misma fecha se libró Boleta de Notificación, Oficio N° 625, y Despacho registrada su salida bajo el N° 97. Conste

JJTS/JWSP/av.
Exp. Nº 2.428-00