REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 28 de junio de 2011
201º y 152º
Por cuanto asumí el cargo de Juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en virtud del traslado acordado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año en curso, y por cuanto se observa de los autos que en fecha 01 de febrero de 2008 este Tribunal practicó la Inspección Judicial solicitada por los Abogados LUIS LAURENCE MORENO y ELSA NOVELLINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.900.450 y 4.350.389, e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 35.817 y 14.759, en su orden, y ordenó su entrega al interesado por auto de fecha 06 de febrero de 2008, fecha desde la cual se computa un lapso de tres (3) años, cuatro (4) meses y veintidós (22) días, sin que el mencionado Abogado haya mostrado interés en sus resultas, se acuerda concederle un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación para que proceda al retiro de las resultas de la referida inspección; advirtiéndosele que en caso contrario se procederá al archivo de la misma. Líbrese Boleta de Notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, en razón de no aparecer en los autos el domicilio procesal de los solicitantes.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
LA SECRETARIA
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
En la misma fecha se libró boleta de notificación. Conste.
Scría.
JJTS/JWSP/dg.
Exp. Nº 148-08