REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 29 de Junio de 2011.
201º y 152º
ACTA DE INHIBICIÓN:
En el día de hoy, Veintinueve de Junio de Dos Mil Once, comparece por ante éste Tribunal el abogado: JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 9.991.668 y expuso: “En virtud de haber sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión, de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año en curso, como Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ME INHIBO de conocer en la presente causa signada con el Nº 5039, conforme a lo que me señala el ordinal 9° del Articulo 82 del Código de Procedimiento Civil, Por cuanto preste mi patrocinio a la parte demandante, tal como se evidencia en los folios (01 al 09). Dejo constancia que esta inhibición no obra contra ninguna de las partes ni de sus apoderados. Déjese transcurrir el lapso previsto en el Artículo 86 ejusdem. Es Todo. Termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA.
LA SECRETARIA
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
JJTS/JWSP/mh
EXP N° 5039