REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 29 de Junio de 2011
201º y 152º
Por cuanto asumí el cargo de Juez Provisorio de este Despacho, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el estado en que se encuentra, en razón del traslado acordado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año en curso; y por cuanto la apoderada judicial de la parte demandante abogada MARA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.003.752, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.780, se dio por notificada mediante diligencia de fecha 27/06/11, es por lo que se ordena la notificación del abocamiento a la parte demandada ciudadanos MARCOS AURELIO GOMEZ MONTILLA y GERARDO JOSE OJEDA HANKE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.203.331 y V-11.715.337, domiciliado el segundo a la margen derecha de la Carretera que conduce de Barinas a Pagueycito, vía Escuela Agronómica Salesiana, aproximadamente a 2 Kilómetros, de la intersección con la Avenida Adonay Parra Jiménez del Municipio y Estado Barinas, y/o a sus Apoderados Judiciales Abogados MARISOL GOMEZ MONTILLA y MARYELY MEZA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 154.157 y 153.459, respectivamente, lo cual deberá cumplirse con arreglo a lo preceptuado en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se fija un lapso de diez (10) días de despacho para la reanudación del proceso, que se computara desde que sea cumplida la notificación ordenada, luego de lo cual comenzarán a correr los lapsos para que las partes hagan uso de su derecho a la defensa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación y ENTREGUESE AL alguacil de este Tribunal a los fines que practique la misma.
EL JUEZ,
Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
LA SECRETARIA,
Abg. JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
En la misma fecha se libro boleta de notificación Conste.-
Scría.-
JJTS/JWSP/ld
Exp. Nº 5.289