REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE


Barinas, 03 de junio del 2011
Años 201º y 152º


Nro. 11-06-02.

Vista la diligencia suscrita en fecha 30 de mayo del año en curso, por el actor abogado en ejercicio Olinto de Jesús Díaz Cortéz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.565, mediante la cual desiste de la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales intentada contra la ciudadana Cira Josefina Márquez Escalona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de la cédula de identidad Nº 10.874.461, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada.

La Juez Temporal,

Abg. Samira Musali Andrade.
La Secretaria Titular,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.

Exp. N° 05-7222-CO.
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