JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Barinas, 10 de Junio de 2.011
201º y 152º
Visto el escrito presentado en fecha 09/06/11, por el ciudadano RAMON HOMERO GONZALEZ SOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.386.180, en su condición de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA DOÑA LUISA C.A., asistido judicialmente por la abogada XIOMARA ILMAR PIÑA RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 146.674, constante de Dieciocho (18) folios útiles y Dos (02) anexos; anexo A, en Treinta y Nueve (39) folios útiles en copia simple y anexo B en Dos (02) folios útiles en copia simple, agréguense al expediente respectivo; mediante el cual interviene con Tercero Adhesivo Interesado de conformidad con el articulo 218 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el Tribunal la admite en cuanto ha lugar en derecho y ordena darle el curso de Ley correspondiente; en consecuencia téngase al ciudadano RAMON HOMERO GONZALEZ SOSA, como tercero adhesivo a la parte actora. En relación a las pruebas promovidas, se admiten las documentales, reservándose el Tribunal su apreciación para la definitiva, de igual manera, las pruebas de informes y testimoniales se admiten y las mismas serán evacuadas en su oportunidad legal correspondiente. Ahora bien, Por cuanto el lapso establecido para que el demandante reconvenido diera contestación a la reconvención se encuentra vencido, se fija las 10:00 a.m., del Sexto (06) día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el Articulo 220 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
Abg. JOSE GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.
En la misma fecha se admitió y agrego. Conste.-
Secria.-
JGAP/JWSP/ld
EXP. Nº 5312
|