REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 14 de Junio de 2011
201º y 152º

Vista la anterior diligencia presentada en fecha 10 de Junio de 2.011, por la abogada MARA COROMOTO RIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.780, con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARIANA FEBRES VILLALBA, ISILIO FEBRES VILLALBA, MARISELA FEBRES DE CARTAY, FERNANDO FEBRES VILLALBA Y GERARDO JOSÉ FEBRES VILLALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.225.569, V-6.093.156, V-5.115.956, V-6.093.155, V-9.983.200, propietarios de Seis (06) lotes de terrenos los cuales están denominados de la siguiente manera: Guarimba, Monterreal, Primavera, Renacer, Tierra Viva y Meneno, se acuerda de conformidad, en consecuencia, se autoriza a los ciudadanos antes mencionados, para que en los lotes conocidos como Guarimba y Monte Real, al levantamiento de las líneas divisorias de dichos lotes que corresponden con el lindero Norte que se extiende en las siguientes coordenadas Punto 1.A N: 949.181,12 y E: 361.306,80, ubicado el lindero Fundo La Arenosa, recorriendo una distancia de 1643,84 metros, con rumbo N 90º0`0” E, hasta llegar al Punto 4.A N: 949.181,12 y E: 362.950,63, ubicado a la margen derecha de la carretera que conduce Barinas –Paguesito y Escuela Agronómica Salesiana, tal como se encuentra indicado en el plano que se encuentra inserto al folio Ocho (08) de la presente pieza.-

Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA

JGAP/JWSP/ld
Exp. Nº 5224