REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 04 de marzo del 2011
Años 200º y 152º

Sent. Nº 11-03-03


Vistas las anteriores actuaciones y la diligencia suscrita en fecha 28 de febrero del año en curso, por la actora ciudadana Elinor del Valle Rodríguez Barreto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.682.276, asistida por el abogado en ejercicio Omar E. Arévalo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.076, mediante la cual desiste del procedimiento con motivo de la demanda de ejecución de hipoteca intentada contra la ciudadana Senobia del Carmen Santos Tribiño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.266.228, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se acuerda la devolución de los documentos solicitados, previa su certificación en autos, insertándose al pie de los documentos que se devolverán copia certificada del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de las mencionadas copias se autoriza suficientemente al Alguacil de este Tribunal, ciudadano Juan Carlos Toledo Marquina, titular de la cédula de identidad Nro. 13.947.103.

La Juez Titular,

Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria Titular,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.
Exp. N° 11-9468-CE
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