REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
Barinas, 10 de Mayo de 2011. 201 o y 152 o
De conformidad con el auto de esta misma fecha cursante al Cuaderno
Principal de la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO se procede a
aperturar EL PRESENTE CUADERNO SEPARADO DE INSTITUCIONES
FAMILIARES, DONDE SE PROVEERÁ LO CONDUCENTE RESPECTO A LA
OBLlGACION DE MANUTENCION, REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
Y CUSTODIA, a favor de la adolescente SE OMITE , de 12 años de edad. En consecuencia de conformidad con el articulo 351 LOPNA la CUSTODIA JUDICIAL de la adolescente VASQUEZ DELGADO ANDREINA GUADALUPE, de 12 años de edad, será ejercida por la madre ciudadana DELGADO YUDITH DEL CARMEN. Se fija a cargo del padre de conformidad con el artículo 05, 07 literal "d", 30 y 351 LOPNA y 23 de la Ley Orgánica del Trabajo, OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN PRUDENCIAL Y
PROVISIONAL por la cantidad de QUINIENTOS BOLlVARES (8s. 500,00),
adicional en el mes de Agosto la cantidad de OCHOCIENTOS BOLlVARES
(8s.800,00) y Diciembre la cantidad de UN MIL BOLlVARES (8s. 1.000,00). En
cuanto al ejercicio de los demás atributos de la PATRIA POTESTAD, será
ejercida por el Padre y la Madre conjuntamente, de la misma manera se
establece en beneficio de la adolescente SE OMITE , de 12 años de edad y del padre no Custodio un REGIMEN DE CONVIVENCIA PROVISIONAL AMPLIO. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exac~e sus originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-V-2011-000218, todo de conformidad con el articulo Código de procedimiento Civil.