REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE







JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS


Barinas, 03 de Mayo de 2.011
201° y 152°


Por recibidas las presentes actuaciones y copias certificadas, se ordena formar expediente, se le da entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, se decidirá la inhibición dentro de los tres (3) días siguientes al de hoy; en los cuales el Tribunal acuerde oír y despachar.


La Jueza Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil

En la misma fecha 03-05-2011, se le dio entrada quedando anotado bajo el Nº 2011-3324-C.P. (Protección). Conste.
La Scria,


Expediente Nº 2011-3324-C.P. (Protección)
REQA/ANG/ana maría