REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 16 de Mayo de 2.011
201º y 152º

Visto el anterior escrito de contestación de la demanda, presentado por los abogados FREDYS MIGUEL DÍAZ HERNÁNDEZ y ASDRÚBAL RAFAEL PIÑA SOLES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.593.100 y V-9.262.497, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 14.216 y 39.296, en representación del ciudadano JOSÉ LUCAS SOSA RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.593.169, constante de Diez (10) folios útiles y Un (01) legajo en anexos constante de Treinta y Un (31) folios útiles en copia simple; agréguense al expediente respectivo; se admiten las documentales promovidas, reservándose el Tribunal su apreciación para la definitiva. En consecuencia se fija las 10:00 a.m., del día Veinticinco (25) de Mayo del 2.011, a los fines de que se lleve a cabo la Audiencia Preliminar en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 220 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.


Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA


En la misma fecha se agrego. Conste.-

Secría.-


JGAP/JWSP/ld.
EXP Nº 5311