CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS I
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN y MEDIACiÓN
Barinas, 08 de Noviembre de 2011
2010 Y 152°
Visto el desistimiento de fecha 07/11/2011, cursante al folio 10, suscrito por
los ciudadanos MARIENELA FERRER VIELMA y WALMORE JOSE LARGO
VIVAS, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.194.988 y V-9.367.756,
Padres del niño SE OMITE, de 01 años de edad, debidamente asistido
en este acto por el abogado CARLOS E. RODRIGUEZ, Inpreabogado N° 70.962,
en la presente Demanda de SEPARACION DE CUERPOS, por medio de la cual
solicitan: Primero: desistimiento de la presente causa. SE ACUERDA CUANTO
HA LUGAR EN DERECHO LO SOLICITADO por lo que se Declara Desistido la
presente causa de conformidad con el artículo 263 del C.P.C. ordenándose en
consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL
EXPEDIENTE. Así mismo Devuélvanse los originales cursantes al presente
expediente previa su certificación en autos por secretaria a cargo de los
diligenciantes.Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la
Secretaria. En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste: Sigue firma ilegible
de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales,
cursantes a los folios del Expediente MD11-J-2011-000619, todo de
conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.
Exp N° MD11-J-2011-000619
YFGG/ mm.-
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