REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 17 de Octubre de 2011.-


Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 17/10/2011, diligencia en la cual la adolescente (SE OMITE),
venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-22.980.821 de 17 años de edad, asistida en este
acto por la abogado DALlLA GUTIERREZ MARCAN O , titular de la cedula de identidad N° V-
9.859.176, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.416, Defensora Pública Segunda de Protección
del Estado Barinas, expone: "Consigno original de presupuesto de equipo de computación necesario
como complemento de mis actividades educativas, por lo que requiero muy respetuosamente se
sirva ese Despacho autorizar la entrega del dinero correspondiente que consta a las actas
procesales". Se acuerda agregar. Por cuanto se evidencia que las cantidades de dinero a favor de la
-....... adolescente (SE OMITE) administradas por este Tribunal, son menores a las
solicitadas y por cuanto no queda ningún otro beneficiario en la presente causa. Se ordena a la
Oficina de Control de Consignaciones la entrega de la totalidad del saldo actualizado a la fecha de la
cuenta de ahorros signada con el N° 0007-0013-42-0060302748 para la compra de equipo de
computación y el Cese del procedimiento y el Archivo del expediente. De conformidad con el articulo
30 y 80 LOPNNA, en consecuencia, se ordena Oficiar al Gerente del Banco Bicentenario Agencia
Barinas, a los fines de solicitarle se sirva emitir Cheque de Gerencia a nombre de la ciudadana
FABIOLA PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.185.392, por
el total del saldo actualizado a la fecha de la Cuenta de Ahorros signada con N° 0007-0013-42-
0060302748 la cual está a nombre de este Tribunal y de adolescente (SE OMITE). Así mismo se ordena el Cese del Procedimiento y el
archivo del Expediente. Líbrese Oficio. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la juez
Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero G. La
Secretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria
(fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria (fdo.) del Circuito Judicial de Protección
del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado
es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio del Expediente TI1-S-2007-007487,
certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 de.I,.Código de Procedimiento Civil.



Exp. N° TI1-S-2007-007487
YFGG/José