CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
Barinas19de Octubre de 2011.
2010 Y 1520
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR, proveniente de la Fiscalía Séptima de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes del Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos ORlANDO
RAMON LA CRUZ TORO Y NELL Y JOSEFINA FLORES GARCIA venezolanos,
mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-
18.772.939 y V-12.551.643, respectivamente, padres del niño SE OMITE), de 03 años de edad ACUERDAN "CADA OCHO OlAS LOS OlAS
SABADOS EL PADRE VISITARA A SU HIJO EN LA CASA MATERNA DE 2:00PM
A 6:00 PM, ASI MISMO LA MADRE SE COMPROMETE A AVISARLE AL PADRE
SI TIENE PREVISTO SALIR EL OlA SABADO." Por no ser contraria al orden
público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE
ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO
DE LEY CORRESPONDIENTE, CONFORME El ARTíCULO 177 pARAGRAFO
SEGUNDO LITERAL "l" REFORMA lOPNNA, por el procedimiento de
jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que se
presenta se obvia la fase de mediación y sustanciación de la audiencia preliminar
y se procede a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre
de la República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE, MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION Al PRESENTE ACUERDO, SE
ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias
certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los originales
consignados previa certificación en autos por la Coordinadora de secretarias.
Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de
un año (01) calendario a partir de la fecha de esta sentencia, de lo cual tómese
nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior
traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios __ del
Expediente MD11-H-2011-000836, todo de conformidad con e artículo 112 del Código de
procedimiento Civil.
Exp. N° MD11-H-2011-000836
YFGG/mh.-
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