REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 20 de Octubre de 2011
201º y 152º
Vista la anterior diligencia de fecha 17/10/11, presentada por el abogado FRANCESO SALERNO M., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.328.541, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.969, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada ciudadana MARÍA FABIOLA CUENCE; y visto el escrito de fecha 19/10/11, presentado por los abogados MAROLI YRINA RIVERO GONZÁLEZ, CARLOS GREGORIO SÁNCHEZ ALBORNOZ y ANGELINA DEL CARMEN VILLANUEVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.188.461, V-8.018.127 y V- 4.925.575, respectivamente, con el carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante ciudadana DALIA EMILINA FANDIÑO DE FERNÁNDEZ, mediante la cual apelan de la Sentencia Definitiva publicada en fecha 10/10/11, y cumplidos los extremos de Ley establecido en el articulo 175 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, con relación a la fundamentación de la misma el Tribunal oye en ambos efectos dicha apelación y ordena remitir el expediente al Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los fines que decida la misma. Remítase con oficio y anótese su salida en el libro respectivo. Expídase cómputo.-
EL JUEZ,
Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
LA SECRETARIA,
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
En la misma fecha se agrego el escrito presentado. Conste.
Secria.-
La Suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. HACE CONSTAR: Que desde el día 10/10/2011, exclusive, fecha en que se publico la presente sentencia hasta el día 19/10/2011, inclusive, han transcurrido los siguientes días de despacho: Martes 11, Viernes 14, Lunes 17, Martes 18, Miércoles 19 de octubre de 2011, para un total de Cinco (05) días de despacho. Conste.-
La Secretaria.-
JJTS/JWSP/ld
Exp. N° 5.290