REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 05 de Octubre de 2011
201º y 152º

Por cuanto asumí el cargo de Juez de este Despacho, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el estado en que se encuentra, por haber sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año en curso, Juez Provisorio de éste Juzgado; se ordena la notificación del abocamiento a la parte solicitante, ciudadano ABEL MORA PERNIA, domiciliado en el Fundo El Recreo, Sector El tostón, jurisdicción del Municipio Obispos del Estado Barinas y/o su apoderado judicial Abg. CIOLIX NUÑEZ (poder folio 45 y vto); y al ciudadano HEBER RAPHAEL MORONTA PEREZ, en su condición de Presidente de la Asociación Cooperativa “Los Marqueses R.L.” y/o sus apoderados Judiciales MARCO AURELIO GOMEZ MONTILLA Y MIRELLYS CAROLINA SALAS CAMACHO (poder folio 47 y 48), con domicilio procesal Av. 12 Rondón entre calles Carvajal y Aramendi N° 8-26 de esta ciudad de Barinas estado Barinas, lo cual deberá cumplirse con arreglo a lo preceptuado en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se fija un lapso de diez (10) días de despacho para la reanudación del proceso, que se computara desde que sea cumplida la notificación del abocamiento ordenada, luego de lo cual comenzarán a correr los lapsos para que las partes hagan uso de su derecho a la defensa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación y entréguese al Alguacil la de la parte opositora de la medida a fin de que practique las notificaciones respectivas y la de la parte solicitante remítase al Juzgado del Municipio Obispos a quien se comisiona para que practique la notificación respectiva.
EL JUEZ.-


Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
LA SECRETARIA.-


Abg. JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO.
En la misma fecha se libro boletas de notificación y despacho con oficio N° 835 y salida N° 122. Conste.-
Scría
JJTS/JWSP/nh.
Exp. Nº 5037.