REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE
Barinas, 11 de octubre de 2011.
Año 201º y 152º
Solicitud Nº 11-13.772
Motivo: Declaración de Únicos y Universales Herederos
Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de declaración de únicos y universales herederos presentado por el ciudadano: ALEXI RAMON ZAMBRANO BALTA, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 10.134.317, de este domicilio, actuando en su nombre y en representación de sus hermanas y hermanos: Celida Josefina, Yris Coromoto, Maria Eugenia, Rafael Leonides, Freddy Alexander, todos Zambrano Balta; asistido por el abogado en ejercicio José Garrido, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 151.795, mediante la cual solicitan la declaración de únicos y universales herederos de la de-cujus Dora Catalina Balta, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.475.170, fallecida ab-intestato el 23 de abril de 2011, a las (09:00 p.m.), en su Residencia Caserío La Caramuca, Barrio Nuevo, Avenida Páez, Nº 5-40, Barinas Estado Barinas. Así como el cartel de emplazamiento ordenado y publicado en el diario local “El Diario La Noticia”, el día jueves de fecha 11 de agosto de 2011, consignado en la misma fecha y agregado en autos en fecha 12 de agosto de 2011, no compareciendo terceros interesados a formular oposición, ni a exponer sobre la solicitud. Dichas testimoniales se adminiculan a las copias certificadas de las actas de: defunción de la de-cujus Dora Catalina Balta, asentada por ante la prefectura de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas Estado Barinas, bajo el N° 154, de fecha 12/07/2011; y de nacimiento de los ciudadanos: Alexi Ramón Zambrano Balta, Celida Josefina Zambrano Balta, Yris Coromoto Zambrano Balta, Maria Eugenia Zambrano Balta, Rafael Loenides Zambrano Balta y Freddy Alexander Zambrano Balta, asentadas por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Guasdualito Municipio Páez Estado Apure, bajo los números 538, 506, 118,139, 573, y 140 y expedidas en fechas 29/06/2011, 22/06/2011, 22/06/2011, 20/06/2011 y 22/06/2011, respectivamente cursantes a los folios 06 ,08 ,10, 12, 14 y 16 y copias simples de las cédulas de identidad de los solicitantes, insertas a los folios 05, 07, 09, 11, 13, y 15.- En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, Declara como Únicos y Universales Herederos de la de-cujus DORA CATALINA BALTA, a los ciudadanos: Alexi Ramón Zambrano Balta, Celida Josefina Zambrano Balta, Yris Coromoto Zambrano Balta, Maria Eugenia Zambrano Balta, Rafael Loenides Zambrano Balta y Freddy Alexander Zambrano Balta, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 10.134.317, V- 10.134.304, V- 13.186.615, V- 17.997.488, V- 13.569.891 y 13.569.960, en su orden.- Se dejan a salvo los derechos de terceros. Diarícese. Cúmplase. El Juez Provisorio, (fdo) Abg. Oscar Eduardo Zamudia Aro. La Secretaria Titular (fdo) Abg. Gladys Teresa Moreno Márquez. En esta misma fecha (11/10/2011), se publicó y registró la anterior decisión. Conste. La Secretaria Titular (fdo) Abg. Gladys Teresa Moreno Márquez. Solicitud. № 11-13.772. OEZA/GTMM/m.v. La anterior copia es traslado fiel y exacto de su original. Lo certifico en Barinas, a los once días del mes de octubre del año dos mil once. Conste,
La Secretaria Titular
Abg. Gladys Teresa Moreno Márquez
Solicitud N° 11-13.772.
GTMM/m.v.-
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