REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 24 de octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2009-001152
ASUNTO : EP01-R-2011-000100

PONENCIA DE LA DRA. ANA MARIA LABRIOLA.

IMPUTADO: RODOLFO ADRIANO HERNANDEZ.

VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO

DEFENSA PÚBLICA: ABG. EDDY LUZ CARRILLO.

DELITO: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.

REPRESENTACIÓN FISCAL: FISCALIA DECIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

MOTIVO: APELACIÓN DE AUTO. (ADMISIBILIDAD)


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Eddy Luz Carrillo, en su condición de Defensora Pública respectivamente, en contra del auto dictado en fecha 14 de junio de 2011, por el Tribunal Primero de Ejecución, en la cual negó la medida de Régimen Abierto al penado Rodolfo Adriano Hernández en el asunto principal N° EP01-P-2009-1152, esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad; observa:

PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quién la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Defensa Pública, representada por la Abogada Eddy Luz Carrillo. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia en la certificación de días de audiencias inserta al folio veinticinco (25) del presente Recurso de Apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 Ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Eddy Luz Carrillo en su condición de Defensora Pública, debe ser declarado ADMISIBLE. Así se decide.

D I S P O S I T I V A

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Eddy Luz Carrillo, en su condición de Defensora Pública respectivamente, en contra del auto dictado en fecha 14 de junio de 2011, por el Tribunal Primero de Ejecución, en la cual negó la medida de Régimen Abierto al penado Rodolfo Adriano Hernández en el asunto principal N° EP01-P-2009-1152; y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes.

LA JUEZA DE APELACIONES PRESIDENTA

DRA. MARBELLA SÁNCHEZ MÁRQUEZ.

LA JUEZA DE APELACIONES, LA JUEZA TEMPORAL DE APELACIONES,

DRA. VILMA FERNÁNDEZ DRA. ANA MARÍA LABRIOLA
(PONENTE)
LA SECRETARIA

ABG. JEANETTE GARCÍA.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.

La Sctria.

Asunto: EP01-R-2011-000100
MSM/VF/AML/JG/gegl.-