REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
PEDRAZA Y ANTONIO JOSÉ DE SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

COMISIÓN N° 152-11
MEDIDA: EJECUCIÓN FORZOSA.
COMITENTE: JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
DEMANDANTE: YUDY YOLANDA ESCANDELA ESCALONA.
DEMANDADO: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PEDRAZA.
JUICIO: QUERELLA FUNCIONARIAL.

Ciudad Bolivia 20 de Octubre de 2011. Años: 201º y 152º. Vista la diligencia de fecha 17 de Octubre de 2011, cursante al folio veinticinco (25) de la presente comisión, suscrita y presentada por el Abogado en ejercicio Denis Terán Peñaloza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.278, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte Querellante Yudy Yolanda Escandela Escalona, mediante la cual expuso: Por cuanto la comision conferida a este Juzgado ya se encuentra cumplida en su totalidad, en consecuencia, solicito respetuosamente se sirva remitir las presentes actuaciones cumplidas al Tribunal de la causa en la Ciudad de Barinas. Así mismo observa este Juzgado Ejecutor diligencia cursante al folio dieciséis (16) en la presente comisión, de fecha 13 de abril de 2011, suscrita y presentada por la Abogado en ejercicio Betty Esperanza Melgarejo Jaimes, titular de la cédula de identidad N° V-12.229.288, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 67.008, actuando con el carácter de Sindico del Municipio Pedraza del Estado Barinas, mediante la misma consigna reporte de registro de asistencia y recibo de pago certificados por la Directora de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Pedraza, donde se evidencia que la ciudadana Yudy Yolanda Escandela Escalona, fue reincorporada a la nómina de empleados fijos, dando cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región los Andes en fecha 04-12-2009, y en relación a los salarios caídos expuso que serán cancelados una vez se tenga los créditos adicionales para dar cumplimiento a los mismos. En consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, observa que la parte demandante se encuentra conforme con lo alegado por la Sindico de la Alcaldía del Municipio Pedraza, tal y como se evidencia de la diligencia de fecha 13-04-2011 cursante al folio dieciséis (16) y de las actuaciones cursantes a los folios dieciocho (18) y diecinueve (19) en la presente comision. En virtud de lo anteriormente señalado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en cumplimiento de la Comisión que le fue conferida por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región los Andes, procede a dejar constancia en el presente auto de la Reincorporación de la ciudadana Yudy Yolanda Escandela Escalona en la nómina de empleados fijos a partir del 01 de Febrero del año en curso. No habiendo mas actuaciones que practicar se da por cumplida la presente Comision y se acuerda devolver la misma al Tribunal comitente. Diarícese lo conducente y agréguese a la comision respectiva. El Juez; Abg. Luis E. Monsalve M. (Fdo) Ilegible. La Secretaria Temporal; Abg. Auvis R. Rivero Montilla. (Fdo) Ilegible. Seguidamente se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-CONSTE. La Secretaria Temporal; (Fdo) Ilegible. LEMM/ar. Com. Nº 152-11.