REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
201º y 153º
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICA
En el día de hoy, martes veinticuatro (24) de abril del año 2012, siendo las diez de la mañana (10:00a.m.), día y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar la audiencia de juicio oral y público, en la causa signada con el Nº EP11-L-2011-000267, contentiva del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano Elías Aurelio Jiménez, titular de la cedula de identidad N° V-5.204.963, contra la empresa Ferre-Agro El Matarraleño, se constituye este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en Sala de Audiencia, presidido por el Juez, Abg. Yorkis Pablo Delgado, la secretaria, Abg. Yoleinis Vera Almarza, y el Alguacil Jean Carlos Fernández, por lo cual se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevará a cabo por el técnico adscrito a éste Tribunal, Jhonny Azuaje. La Secretaria certifica el motivo por el cual se desarrolla la audiencia así como la presencia de la partes, dejándose constancia que se encuentra presente en la sala, el abogado Carlos David Contreras, inscrito en el Inpreabogado con el N° 74.436, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada, así mismo se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno que la represente. Acto seguido el ciudadano Juez establece: vista la incomparecencia de la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, término, se leyó y conformes firman:
El Juez,
Abg. Yorkis Pablo Delgado
El apoderado judicial de la parte demandada,
Carlos David Contreras
El Técnico Audiovisual,
Jhonny Azuaje
El Alguacil,
Jean Carlos Fernández
La Secretaria,
Abg. Yoleinis Vera Almarza
En esta misma fecha, en horas de despacho se publico la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
|