REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 14 de Agosto de 2012. 202 o y 153 o
Vista la solicitud de CONSTITUCION DE TUTELA que antecede y recaudos
acompañados, suscrita por el ciudadano JOSE LEO NARDO VITORA VENEGAS,
venezolano, mayor de edad, C.I N° V-18.838.011, respecto a los adolescentes
SE OMITEN , de 16 y 17 años de edad,
domiciliado en esta ciudad de Barinas, prevista en el Parágrafo Cuarto literal "A" del
Artículo 177 LOPNNA, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres
y a ninguna disposición expresa de la Ley de conformidad con lo previsto en el
artículo 457 LOPNNA, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, désele el
curso de ley conforme el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 y
397-B. ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta óbviese la fase de
mediación de la Audiencia preliminar. SE DESIGNA PROVISIONALMENTE al
ciudadano LUIS RAFAEL HERNANDEZ FLORES, C.I N° V-10.012.510, para el
ejercicio 'del cargo de TUTOR de los adolescentes SE OMITEN , quien gozará de las facultades de detentar su
Custodia, ejercicio de su representación legal y administración simple de sus bienes,
conforme el artículo 08 LOPNNA. Se fija el día de despacho 28/09/2012 a las dos de
la tarde (02:00 p.m) para que tenga lugar la AUDIENCIA DE SUSTANCIACIÓN en la
que serán oídos los propuestos Tutor, protutor, suplente de Protutor y los cuatro (04)
miembros del Consejo de Tutela, oportunidad también en la cual serán oídos los
adolescentes SE OMITEN ,conformidad
con el artículo 80 LOPNNA. Se declara no ha lugar la Notificación al Fiscal del
Ministerio público conforme lo dispuesto en el artículo 463 LOPNNA en concordancia
con lo previsto en los artículos 321, 355, 361, 495 Y 515 Ibidem. Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma
fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO
que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios del
Expediente MD11-J-2012-000859, todo de conformidad con el articulo 1'12 del Código
de procedimiento Civil.