REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 06 de Agosto de 2012.-
2020 Y 1530
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 01/08/2012, diligencia en la cual las Adolescentes SE OMITEN , venezolanas, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-26.928.182, N° V-26.450.747, N° V-24.823.601 y N° V-24,823,602 de
13,14,16 Y 17 años de edad respectivamente, asistidas en esta acto por la abogado VIANNEDDY
VIDAL, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.555.957, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°
154.885, Defensora Pública Tercera (S) de Protección del Estado Barinas, expusieron: "Estamos de
acuerdo con el dinero solicitado por nuestra madre y autorizamos que se le entregue". Se acuerda
agregar. Por cuanto el dinero solicitado es mayor que los haberes que poseen las prenombradas
adolescentes a su favor. Se ordena a la Oficina de Control de Consignaciones, la entrega del total
del saldo actualizado a la fecha, la Cancelación de la Cuenta de Ahorros y el Cese del
Procedimiento y el Archivo de la Expediente. En consecuencia, se acuerda Oficiar al Gerente del
Banco Bicentenario Agencia Barinas 013, a los fines de solicitarle se sirva emitir Cheque de
Gerencia a nombre de la ciudadana YEINY VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la
Cédula de Identidad N° V-14, 171.452, por el total del saldo actualizado a la fecha de la Cuenta de
Ahorros signada con el N° 0175-0013-91-0010162110, la cual está a nombre de este Tribunal y de
las Adolescentes SE OMITEN y CANCELAR DICHA CUENTA. ASI MISMO SE ORDENA EL CESE
DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Líbrese Oficio, Diarícese y Cúmplase,
Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg.
y l a F, errero G. a Secretaria (ído.). En esta misma fecha se libró las copias certificadas
de ley. Cons e: La Secretaria (fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria (fdo.) del
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio _
del Expediente TI1-S-2006-007411, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del
Código de Procedimiento Civil.
Exp. N° TI1-S-2006-007411
YFGG/José