CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN y MEDIACiÓN
Barinas, 01 de Agosto de 2012
201° Y 152°
Por examinados detenidamente la solicitud de PERPETUA MEMORIA, que
antecede suscrita por el . ciudadano CARLOS MIGUEL BRICEÑO BISCAYA,
venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.984.598; oídos
los testigos GLADYS EMPERATRIZ VISCAYA PERALTA y EDILBERTO MANUEL
RODRIGUEZ NAVAS, portadores de las cedulas de identidad Nros. V-8.132.590 y
V-9.263.516 respectivamente, los cuales manifestaron poder declarar y leídoles los
particulares de la solicitud contestaron con respecto al particular PRIMERO: Conocer
de vista, trato y comunicación a la ciudadana JOSEFINA DEL CARMEN RODRIGUEZ
MARQUEZ. SEGUNDO: Conocer de vista, trato y comunicación a su única hija la
niña SE OMITE, de 10 años de edad. TERCERO:
. Saber y 'constarte que la ciudadana JOSEFINA DEL CARMEN RODRIGUEZ
MARQUEZ, falleció ab instestato a causa de "SHOCK SEPTICO PUNTO DE
PARTIDA PELVICO PARO CARDIORESPIRATORIO". CUARTO: Fundamentar sus
dichos por ser vecinos y amigos durante muchos años. Este Tribunal de conformidad
con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera dichos
testimoniales y recaudos bastantes y suficientes por lo que en consecuencia
DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta JOSEFINA DEL
CARMEN RODRIGUEZ MARQUEZ, cédula de identidad N° V-12.204 -. 179, al
ciudadano CARLOS MIGUEL BRICEÑO BISCAYA y a la SE OMITE, de 10 años de edad, DEJANDO A SALVO EVENTUALES
DERECHOS A TERCEROS. Devuélvase original con sus resultas al solicitante.
Anótese su salida en los libros respectivos. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas
ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación Abg.
Dayana Vivas Guiza y de la Secretaria. En la misma fecha se libraron las copias
certificadas de Ley. Conste: la secretara. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria del
Circuito de Protecció .,,_;" .R' . -s, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción
Judicial, CERTIFIC,.,q:(t~~~•• N~•, .r traslado es copia fiel y exacta de su original,
Cursante al Exp ~;~ré~~~r,,\,~1Q4~ ". ,,-20:12-000754, certificación que se hace de
conformidad con ~;"afUiulo 112-t~~ i de procedimiento Civil.
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