Expediente: MDll-V-2012-000209

Acta de Sesión de la Audiencia Preliminar Única de
Reconcil iación I Desistim iento Lega I
Siendo hoy 13-08-2012 a las (9:20 a.m.) Día y hora señalados para que tenga lugar ...@
Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar Única de Reconciliación. en la presente
causa de Divorcio Contencioso, se anuncio dicho acto por el alguacilazgo de este Tribunal,
no compareciendo la accionante ciudadana Emilia Rosa Molina Marquez, titular de la cedula
de identidad N0 V- 12.555.888; presente el accionado ciudadano Gabriel Antonio Franco
Valecillos, titular de la cedula de identidad N° V- 9.252.959, asistido del abogado Olinder
Coromoto Lujano Inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el numero N°
146.668 (padres de los niños SE OMITENde 8, 12, 14 Y 18 años de edad,. En consecuencia de conformidad con el artículo 472
LOPNNA. Que reza: "No comparecencia a la mediación de la audiencia preliminar. Si la parte
demandante no comparece personalmente o mediante apoderado o apoderada sin causa
,
justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar se considera desistido el
procedimiento, terminando el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta y
debe publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero la parte
demandante no podrá volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes. Si la
parte demandada no comparece sin causa justificada a la fase de mediación de la
audiencia preliminar, se presumen como ciertos hasta prueba en contrario, los
hechos alegados por la parte demandante, excepto en aguellas materias en las
cuales no procede la confesión (jeta por su naturaleza o por previsión de la ley.
dándose por concluida la fase de mediación de la audiencia preliminar, dejando
constancia de ello en un acta. No se considerará como comparecencia la presencia del
apoderado o apoderada en aquellas causas en las cuales la ley ordena la presencia personal
de las partes. Subrayado y resaltado nuestro). Resulta forzoso en nombre de la Republica
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar desistida la misma. Y así se
decide. Termino se leyó y conformes firman. Siguen firmas ilegibles. Quien suscribe
con el carácter de secretaria de audiencias de este Tribunal Tercero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, certifico que anterior traslado es
copia fiel y exacta de~o,~l~~~es, cursantes en el expediente MDII-V-2012-000209,
todo de conformidad .... :G~el:~,Q:I1.~1:01 I i