REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


. CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y OEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.

Barinas, 06 de Agosto de 2012. 202 o y 153 o

Vista I~ solicitud de SEPARACiÓN DE CUERPOS Y BIENES con recaudas acompañados
interpuesta de mutuo-acuerdo por los cónyuges MERLlS YANETH JURADO GARCIA Y LUIS
OMAR ANDRÁDE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, C.I N° V-13.062.611; V-10.562.257
respectivamente, padres. de los niños SE OMITEN , de 07 y 03 años de
edad, debidamente asistidos por los Abogados MARIA OLlVARES DIAZ e IRMA MARINA
QUERALE$, . en la' que solicitan por las razones en ellas vertidas, SU SEPARACiÓN DE
CUERPOS Y BIENES, de conformidad con las previsiones del articulo 189 del Código Civil
Venezolano en función a las bases consensuadas en ellas también contenidas, de conformidad
con el artículo 341 del Código de procedimiento Civil, SE ADMITÉ CUANTO HA LUGAR EN
DERECHO, désele el curso procesal de jurisdicción Voluntaria conforme el PARÁGRAFO
SEGUNDO LITERAL "G" DEL ARTíCULO 177 LOPNNA, en concordancia con el artículo 351
Ibidem, Díctese en consecuencia la requerida resolución respetando los términos de las bases
Propuestas en la separación de Cuerpos que no afectan la moral, el orden Público, las buenas
costumbres y el interés superior de sus hijos comunes, SE DECRETA, PRIMERO: SU
SEPARACiÓN DE CUERPOS y en consecuencia la suspensión de la vida en común de los
cónyuges identificados y el derecho a vivir por separado, fijando su domicilio en cualquier parte del
País, con la debida participación del Custodio de los hijos al otro progenitor a los fines del debido
ejercicio de los restantes atributos de la Patria Potestad que ambos conservan. SEGUNDO: SU
SEPARACiÓN DE BIENES, por lo que en adelante los bienes que adquieran a titulo personal
corresponderá sólo al cónyuge que lo obtenga por cualquier titulo, haciendo también suyos los
frutos de su trabajo. TERCERO: En relación a los niños SE OMITEN ,
queda conferida la CUSTODIA a la madre ciudadana MERLlS YANETH JURADO GARCIA, en los
térmínospievistos en el articulo 358 LOPNÑA CUARTO: En relación a la OBLIGACiÓN DE
MANUTENCiÓN establecida a cargo del padre para sus hijos en la cantidad de MIL BOLlVARES
(6s. 1.000,00) mensuales, adicional en el mes de Septiembre la cantidad de DOS MIL
BOLlVARES (8s. 2.000,00), adicional en el mes de Diciembre la cantidad de TRES MIL
BOLlV f.RES (Bs., 3.000,00), cantidades que deberán ser depositadas directamente en cuenta
corriente del banco Mercantil a nombre de la madre, de la queda igualmente obligado el padre a
colaborar con ~I, 50% de los pagos por gastos extraordinarios previstos en el artículo 365 de la
precitada Ley. QUINTO: LA' PATRIA POTESTAD será ejer.Gido por ambos padres conjuntamente .
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SEXTO:, Se establece .un REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO entre los niños y el
progenitor no Custodio preferiblemente ejercido en los términos acordados por los Padres.
Expídanse las copias certificadas solicitadas. SEPTIMO: SE HOMOLOGAN LOS TÉRMINOS
EXPUESTOS, SOB~E LIQUIDACiÓN DE LOS BIENES HABIDOS DURANTE LA COMUNIDAD
CONYUGAL t)UE CONSTEN EN DOCUMENTO QUE CUMPLA LOS REQUISITOS LEGALES
QUE I:A' LE'C3ISLACLÓN VENEZOLANA EXIGE PARA CADA CASO EN PARTICULAR, DE
CQNFORMIIJAQ 'Co'N LAS .PREVISIONES D~L ARTíCULO 173 DEL CÓDIGO CIVIL. Diarícese y
Cúmplase." Siguen firmas ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación la .. Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste:
Sigue firma ifegilJle de I . etaria. Quien suscribe en mi carácter de secretaria del este tribunal
Tercero de Primer . ,~tar\itf~. Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que f@ ,g1i'b~ 'sl" (j;,f. copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios
del Expediente 'f - ~01~~@$~,. todo de conformidad con el articulo 112 del Código de .
procedimiento . '~