REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
Barinas, 09 de Agosto de 2012. 202 ° Y 153 °

Visto el escrito de DIVORCIO ORDINARIO Y recaudos que lo acompañan suscrito
por la ciudadana IRLENYS PATRICIA AVILA CAMACHO, venezolana, mayor de edad,
C.I N° V-16.978.371, madre del niño SE OMITE de 06 años de
edad, incoada contra el padre ciudadano JUAN MANUEL HERRERA SOLORZONO,
venezolano, mayor de edad, C.I N° V-13.882.402, fundamentado en el artículo 185
Numeral 02° y 03° del Código Civil, por cuanto la misma no es contrario al orden Público
a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con el
457 LOPNNA, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. Se ordena aperturar
procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 450 LOPNNA.
En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 458 de la mencionada Ley; se acuerda la
notificación de la demandada JUAN MANUEL HERRERA SOLORZONO, venezolano,
mayor de edad, C.I N° V-13.882.402, de conformidad con lo establecido en el articulo 457
Ejusdem. Notifíquese al Fiscal Especializada del Ministerio Público de conformidad con el
artículo 463 LOPNNA. En atención a las facultades conferidas por el artículo 191 del
Código Civil Vigente este Tribunal Autoriza suficientemente a la demandante IRLENYS
PATRICIA AVILA CAMACHO, C.I N° V-16.978.371" junto a su hijo el niño SE OMITE para habitar el inmueble de su propiedad que les sirvió como
domicilio conyugal ubicado en la Urb. Ciudad Varyna, sector el Bucare, casa N° 0-27
de esta ciudad de Barinas. Líbrense los recaudos correspondientes. Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación
y Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley.
Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes a los J9!j~@?:~~1 xpediente MD11-V-2012-000573, todo de
conformidad con el articulo :t2~dér'código e procedimiento Civil.