REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE
Barinas, 13 de Agosto del año 2012.
202º y 153º
Solicitud № 12-13.956
DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por el ciudadano CARLOS JOSE FERNANDEZ LA ROSA venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nros V-23.026.348, domiciliado en la ciudad de Barinas, Estado Barinas asistidos por la abogado en ejercicio, OSCAR GUILLERMO ROMERO ACEVEDO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 18.809, actuando en representación del ciudadano arriba identificado y mencionado ,en sus carácter de hijo de la de-cujus, mediante la cual solicitan la declaración de únicos y universales herederos de la de-cujus FELICIA DEL VALLE FERNANDEZ LA ROSA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V- 4.705.962, fallecida ab-intestato en fecha 01 de Junio del 2012, quien estuvo domiciliada en Urbanización Prados del Este, Calle Nº 1,Casa Nº 26 en juridisccion de la Parroquia Ramón Ignacio Méndez de esta ciudad de Barinas Municipio Barinas del Estado Barinas. Así como el cartel de emplazamiento ordenado y publicado en el diario local “El diario La Noticia” el día martes 17 de Julio de 2012, consignado en fecha 17 de Julio del año 2012 y agregado en autos en fecha 18 de Julio del año 2012, no comparecieron terceros interesados a formular oposición, ni a exponer sobre la solicitud. Dicho cartel se adminiculan a la copia certificada del acta de defunción de la ciudadana FELICIA DEL VALLE FERNANDEZ LA ROSA , asentada bajo el № 10 por ante el Registro Civil de la Parroquia Punta Gorda Municipio Cabimas, Estado Zulia de fecha 01/06/2012, cursante al folio tres (03); Copia Certificada de Acta de Nacimiento de la ciudadana: FELICIA DEL VALLE FERNANDEZ LA ROSA , asentada bajo el № 1.138 por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Monagas , en fecha 20/09/1954 cursante al folio cuatro (04);Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano CARLOS JOSE, asentada bajo el № 128, por ante la Prefectura El Carmen del Municipio Barinas Estado Barinas de fecha 31/01/1994,cursante al folio siete (07), fotocopia de la Cédula Identidad del solicitante, cursante al folio cinco (05). En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de-cujus FELICIA DEL VALLE FERNANDEZ LA ROSA al ciudadano CARLOS JOSE FERNANDEZ LA ROSA, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro V-23.026.348. Se acuerda a librar (04) Juegos de Copias Certificadas de todo el presente expediente, una vez que la parte solicitante suministre los fotostatos necesarios. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Diarícese. Cúmplase.
El Juez Provisorio
Abg. Oscar Eduardo Zamudia Aro.
La Secretaria Titular,
Abg. Gladys Teresa Moreno Marquez.
Solicitud № 12-13.956
OEZA/GTMM/yfjz
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